Reglamento de la Facultad de Turismo por el reconocimiento de experiencia laboral y profesional (exención de la estancia en la empresa de las prácticas académicas curriculares)
Aprobado por la Comisión de Gobierno de la Facultad de Turismo en la sesión 3/2024, de 12 de junio de 2024.
Preámbulo
La Normativa de prácticas académicas externas de grados y másteres, aprobada por el Consejo de Gobierno en la sesión ordinaria n.º.8/12, de 20 de diciembre de 2012 (eBOU-429), y modificada por la Comisión delegada de Docencia y Estudiantes en la sesión de 5 de marzo de 2015, y por acuerdo del Consejo de Gobierno en la sesión ordinaria n.º.3/2019, de 2 de mayo de 2019 (eBOU-1544), regula las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios que contempla, también, prácticas de carácter voluntario durante el periodo formativo.
En particular, esta normativa regula el reconocimiento de experiencia laboral y profesional acreditada siempre que esté relacionada con las competencias inherentes a la titulación (art. 10).
Este reconocimiento puede eximir de la realización de la estancia de prácticas pero no de la matrícula de la asignatura, la tutorización y la evaluación.Los estudiantes tendrán que superar las actividades de evaluación requeridas, en general, la memoria de prácticas.
Objeto
La presente normativa establece las características de la experiencia profesional, duración mínima a considerar, y mecanismos de acreditación por parte de los estudiantes de la Facultad de Turismo.
1.Reconocimiento de experiencia laboral y profesional
a. Los estudiantes que consideren que por su actividad laboral o profesional han alcanzado las competencias establecidas a la asignatura prácticas externas del plan de estudios que corresponda, tienen que solicitar la exención de la estancia externa.
b. Se tiene que acreditar experiencia profesional laboral de un mínimo de un año a tiempo completo o su equivalente en el caso de trabajo a tiempo parcial.
c. Al estudiante podrá solicitarlo desde la pestaña de trámites de La meva UdG haciendo una solicitud a la administración, subtrámite Prácticas.Habrá que adjuntar la solicitud del Anexo I debidamente llenada y firmada.La propia solicitud detalla la documentación a presentar.
d. El plazo de solicitud de cada curso académico será del 17 a 31 de octubre y del 15 a 28 de febrero.
e. La comisión responsable de las prácticas externas determinará si la experiencia acreditada es suficiente para la exención de la estancia externa.A través de "La meva UdG", los estudiantes recibirán un correo electrónico de aviso y hará falta que acepten la notificación para saber si la resolución es positiva o negativa.También se puede encontrar la resolución en la pestaña de trámites finalizados del apartado de trámites de vuestro expediente en línea.En caso de resolución afirmativa, se tendrá que realizar los supuestos de evaluación definidos a la asignatura.En el caso de resolución negativa, se tendrá que realizar la asignatura de prácticas académicas curriculares.
2.Disposición final única.Entrada en vigor
Este reglamento entrará en vigor el curso académico 2024-2025.
SOLICITUD