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14 de febrero de 2017
Infórmate sobre los grados, los posgrados y toda la oferta formativa de la UdG.
La docencia se concentra en las facultades y escuelas, y los departamentos asumen la investigación, que también llevan a cabo institutos y cátedras, a su vez divulgadores del conocimiento.
La modalitat de transferència de tecnologia per contractació inclou:
Aquesta modalitat de transferència es fonamenta en:
La Llei d’incompatibilitats estableix que els treballadors de l’administració pública no poden portar a terme activitats privades que es relacionin amb les activitats que es porten a terme a l’administració pública. Aquesta incompatibilitat inclou:
De forma excepcional sota certes condicions, la DA 24 de la LOU, estableix que no s’aplicaran les següents limitacions:
Per que es puguin aplicar les excepcions de la DA 24 de la LOU s’han de donar 3 condicions:
En cap cas, les excepcions no eximeixen la incompatibilitat per treballar o cobrar qualsevol tipus de retribució, ni tampoc a tenir càrrecs en empreses o societats concessionàries o contractistes d’obres o serveis.
Actualment, la UdG només permet que es puguin portar a terme tasques incompatibles amb la que s’està exercint a l’entitat, en 2 casos:
En darrer lloc comentar que l’art. 18 de la Llei de la Ciència permet sol·licitar la compatibilitat a la Universitat per poder dur a terme una feina/tasca incompatible, en una empresa, mitjançant un contracte laboral a temps parcial i de durada determinada sempre que:
En caso de que el trabajo sea compatible, la Ley 21/1987, de 26 de noviembre, de incompatibilidades regula el procedimiento para pedir la compatibilidad para trabajar.
El marc legal fonamental que permet que els investigadors i investigadores universitaris puguin dur a terme treballs per encàrrec extern és la Llei orgànica d'universitats (LOU), concretament l'article 83. Fan referència també a aquest tema la Llei d'universitats de Catalunya (LUC) i els Estatuts de la Universitat de Girona.
Artículo 68. Régimen de dedicación
1. El profesorado de las universidades públicas ejercerá sus funciones preferentemente en régimen de dedicación a tiempo completo o bien a tiempo parcial. La dedicación será en todo caso compatible con la realización de trabajos científicos, técnicos o artísticos a que se refiere el artículo 83, de acuerdo con las normas básicas que establezca el Gobierno, previo informe del Consejo de Coordinación Universitaria.
Artículo 83. Colaboración con otras entidades o personas físicas
1. Los grupos de investigación reconocidos por la universidad, los departamentos y los institutos universitarios de investigación, y su profesorado a través de los mismos o de los órganos, centros, fundaciones o estructuras organizativas similares de la universidad dedicados a la canalización de las iniciativas investigadoras del profesorado y a la transferencia de los resultados de la investigación, podrán celebrar contratos con personas, universidades o entidades públicas y privadas para la realización de trabajos de carácter científico, técnico o artístico, así como para el desarrollo de enseñanzas de especialización o actividades específicas de formación.
2. Los estatutos, en el marco de las normas básicas que dicte el Gobierno, establecerán los procedimientos de autorización de los trabajos y de celebración de los contratos previstos en el apartado anterior, así como los criterios para fijar el destino de los bienes y recursos que con ellos se obtengan.
Artículo 27. Contratos para estudios
La contratación para llevar a cabo trabajos de investigación, técnicos o artísticos, correspondientes a lo que establece el artículo 83 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, debe atender el principio de compensación. La Universidad debe ser compensada por todos los costes, directos o indirectos, que sean atribuibles a cada contrato.
Els documents relatius a contractació de R+D+I estan disponibles a l'espai personal a la ruta:
La Meva UdG > Recerca > Gestió de la Recerca > Convenis i Contractes
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