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Bonificaciones y exenciones

Curso 2023-2024

En las enseñanzas oficiales, hay situaciones especificas que comportan exenciones o bonificaciones sobre los precios de la matrícula. Para poder acogerse haz falta acreditar la situación que da derecho a la deducción. 

Condiciones generales

Beneficiarios
Estudiantes de estudios oficiales de grado, máster o doctorado, según el caso
Acreditación

Con carácter general, para disfrutar de bonificación o exención de precios tenéis que presentar la documentación requerida antes de matricularos. Los estudiantes de nuevo acceso tenéis que seguir las instrucciones específicas que recibiréis sobre la documentación a aportar.


Las condiciones acreditadas tienen que ser vigentes en el momento que se efectúe la matrícula. Si se ha acreditado la condición en cursos anteriores y se mantiene la vigencia en fecha de inicio de curso (ved el calendario académico), no habrá que presentar ninguna documentación.


Si os encontráis en una situación de trámite o pendiente de renovación de documentación, no podréis disfrutar del descuento en matrícula, pero se aceptará la presentación de la documentación actualizada hasta el 31 de diciembre para regularizar posteriormente la situación.

Observaciones

Antes de matricularos, revisad la pestaña "Ayudas y bonificaciones" de la automatrícula. Si tenéis derecho a bonificaciones que no aparezcan acreditadas, tendréis la opción de iniciar el trámite de acreditación pulsando el botón "Solicitar" correspondiendo y adjuntando la documentación necesaria escaneada.


En los centros adscritos, las bonificaciones se aplican sobre el precio que los estudiantes abonan a la UdG en concepto de tutela académica (de acuerdo con el artículo 2.3 del decreto de precios).


Algunos precios vinculados a la matrícula son de carácter obligatorio y no están sometidos a bonificaciones: servicios docentes y administrativos en línea (70 €), seguro escolar (1,12 €, solo menores de 28 años) y seguro de accidentes (6,65 €, solo mayores de 28 años).

Becas de régimen general del MEFP

Beneficiarios
Estudiantes de grado o máster universitario que reúnan los requisitos establecidos a la convocatoria
Exención

La beca general del MEFP exime del pago del 100% de los precios académicos de matrícula en créditos matriculados por primera vez.


En los centros adscritos se exime del pago del precio que los estudiantes abonan en la UdG en concepto de tutela académica (de acuerdo con el artículo 2.3 del decreto de precios) directamente a la matrícula. En caso de concesión de la beca, el importe restante se devolverá al estudiante cuando la UdG lo reciba del MEFP/AGAUR. La cuantía de la beca de matrícula es la que establece el artículo 10.2 del decreto de precios.

Acreditación

Si habéis solicitado la beca de carácter general del MEFP y reunís los requisitos académicos establecidos a la convocatoria, podréis acogeros directamente a la exención de pago (matrícula condicionada a la resolución de la beca).


Si el curso anterior disfrutasteis de la beca de carácter general del MEFP en otra comunidad autónoma, dirigíos a la secretaría académica con la documentación que lo acredite.

Observaciones

Os tendréis que matricular de un número de créditos igual o superior al mínimo previsto por la convocatoria (30 créditos), a menos que os encontráis en el último curso; en este caso, os tendréis que matricular de todos los créditos que os restan para finalizar el grado o máster, incluidos los créditos de reconocimiento académico.


Si solicitáis beca y os acogéis a la exención de pago por este concepto, en caso de que posteriormente os denieguen la beca podréis abonar el importe de matrícula en los plazos indicados, o bien anular la matrícula en el plazo que se indicará en la notificación, o bien acogeros a algún otro tipo de bonificación o exención siempre que hayáis presentado la documentación acreditativa dentro de los plazos establecidos.

Más información
Becas de grado y máster

Becas Equidad de la Generalitat

Beneficiarios
Estudiantes de grado o de máster universitario habilitante, en centros integrados, que reúnan los requisitos establecidos a la convocatoria
Bonificación
Las becas Equidad conceden una bonificación sobre el precio de los créditos matriculados por primera vez en función del tramo de renta familiar. La bonificación es del 70% (tramo 2) o el 80% (tramo 1) en el caso de los estudios de grado, y del 20% (tramo 2) o el 25% (tramo 1) en el caso de los másteres que habilitan para el ejercicio profesional.
Acreditación
Una vez se abra la convocatoria, tendréis que formalizar la solicitud en línea. En caso de concesión, cuando la Universidad tenga constancia aplicará la bonificación correspondiente.
Más información
Becas de grado y máster

Otras becas y ayudas

Bonificación o exención
La matrícula de estudios de grado, másteres universitarios y doctorado prevé la posibilidad de acogerse a otros tipos de becas o ayudas que comportan diferentes bonificaciones sobre los precios de matrícula.
Más información

Consultad los enlaces siguientes:


Familias numerosas

Beneficiarios
Estudiantes de grado, máster universitario o doctorado miembros de familias numerosas
Bonificación o exención
50% (en caso de categoría general) o 100% (en caso de categoría especial) de todos los precios, excepto los no sometidos a bonificaciones (ved condiciones generales)
Acreditación

Si el título de familia numerosa es vigente en el momento de la matrícula, la universidad tendrá constancia y por lo tanto no habrá que presentar ninguna documentación.


En caso de que el título sea válido en el momento de formalizar la matrícula pero su vigencia finalice antes de la fecha de inicio de la actividad académica (ved el calendario académico), será necesario presentar el título renovado antes del 31 de diciembre.


En caso de que el título se encuentre en proceso de tramitación o renovación podéis pedir la bonificación o exención de precios correspondiendo si presentáis un documento que lo acredite expedido por el organismo competente. Los efectos computan desde la presentación de la solicitud de reconocimiento o renovación del título (por lo tanto, en fecha anterior al momento en que se expide). Tendréis que presentar, sin embargo, el título renovado antes del 31 de diciembre. Si no lo hacéis así, la Universidad os requerirá el pago del importe completo de la matrícula.

Matrícula de honor global o premio extraordinario en el bachillerato

Beneficiarios
Estudiantes de primer curso de grado que hayan obtenido una de estas dos distinciones
Bonificación o exención
100% de los precios académicos de matrícula en créditos matriculados por primera vez durante el primer curso del primer año que se cursan estudios universitarios
Acreditación
Libro escolar donde conste la distinción o certificado del centro de secundaria

Mención de matrícula de honor en un ciclo formativo de grado superior (CFGS)

Beneficiarios
Estudiantes de primer curso de grado que hayan obtenido mención de matrícula de honor en el CFGS de procedencia
Bonificación o exención
100% de los precios académicos de matrícula en créditos matriculados por primera vez durante el primer curso del primer año que se cursan estudios universitarios
Acreditación
Certificado de estudios completo del CFGS donde conste la mención de matrícula de honor en las calificaciones finales

Matrículas de honor en el periodo académico anterior

Beneficiarios
Estudiantes que hayan obtenido una o más con matrículas de honor en el curso académico o semestre inmediatamente anterior, en estudios realizados en la UdG
Bonificación o exención
100% del importe de la matrícula de un número de créditos equivalente
Acreditación
No requiere acreditación

Personas con discapacidad

Beneficiarios
Estudiantes de grado, máster universitario o doctorado con un grado de discapacidad igual o superior al 33%
Bonificación o exención
100% de todos los precios, excepto los no sometidos a bonificaciones (ved condiciones generales)
Acreditación

A la fecha de la formalización de la matrícula haber que disponer de alguno de los documentos siguientes:


  • Tarjeta acreditativa de la discapacidad o certificado expedito o validado por el Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales.
  • Resolución o certificado expedido por el IMSERSO o el órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente.
  • Resolución del IMSERSO reconociendo la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o grande invalidez.
  • Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) donde se reconozca la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o grande invalidez.
  • Resolución del Ministeri d'Economia i Hisenda o del Ministerio de Defensa reconociendo una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio.

Personas beneficiarias del ingreso mínimo vital

Beneficiarios
Estudiantes de grado, máster universitario o doctorado que sean beneficiarios de la prestación del ingreso mínimo vital
Bonificación o exención
100% de los precios académicos de matrícula
Acreditación
Resolución administrativa correspondiente

Víctimas de actos terroristas

Beneficiarios
Estudiantes de grado, máster universitario o doctorado que hayan sido víctimas de actos terroristas, o sus cónyuges y sus hijos e hijas
Bonificación o exención
100% de todos los precios, excepto los no sometidos a bonificaciones (ved condiciones generales)
Acreditación
Resolución administrativa correspondiente. En el caso del cónyuge y los hijos e hijas, también el libro de familia.

Víctimas de violencia machista en el ámbito de la pareja

Beneficiarias
Estudiantes de grado, máster universitario o doctorado que hayan sido víctimas de violencia machista en el ámbito de la pareja, o los hijos e hijas que dependen
Bonificación o exención
100% de todos los precios, excepto los no sometidos a bonificaciones (ved condiciones generales)
Acreditación

A la fecha de la formalización de la matrícula haber que disponer de alguno de los documentos acreditativos de la condición de víctima de violencia machista en el ámbito de la pareja:


  • Sentencia condenatoria por un delito de violencia de género.
  • Orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima.
  • Informe del Ministerio Fiscal que indique que la solicitante es víctima de violencia de género.
  • Informe o certificado que acrediten que la solicitante está siendo atendida como víctima de violencia de género, emitido por alguno de los servicios siguientes:
    • Servicios Sociales
    • Unidad de Actuaciones de Lucha contra la Violencia Familiar y Machista, de la Dirección General de Familias del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias
    • Servicios de Intervención Especializada (SIE)
    • Servicios de Información y Atención a las Mujeres (SIAD)
    • Oficina de Atención a la Víctima del Delito
    • Recurso público de acogida
    • Entidad subvencionada por una administración pública concreta para la atención a mujeres víctimas de la violencia de género.
    • Informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

En caso de que la bonificación se pida para un hijo o hija habrá que adjuntar al documento el libro de familia.

Observaciones

Los documentos que acreditan la condición de víctima de violencia machista en el ámbito de la pareja tienen la validez siguiente:


  • En el caso de sentencia condenatoria por un delito de violencia de género:
    • Si la condena firme es inferior a 2 años, la condición se mantendrá durante 2 años.
    • Si la condena firme es entre 2 y 4 años, la condición se mantendrá durante 4 años.
    • Si la condena firme es superior a 4 años, la condición se mantendrá hasta la duración de la condena.
  • En el caso de orden de protección, medida cautelar o informe del Ministerio Fiscal, la condición se mantendrá durante un mínimo de un año o el tiempo de la duración de las medidas cautelares si es superior.
  • El certificado o el informe de servicios de atención a las víctimas será válido durante el año natural de emisión.

Víctimas de violencia machista fuera del ámbito de la pareja

Beneficiarias
Estudiantes de grado, máster o doctorado que hayan sido víctimas de violencia machista fuera del ámbito de la pareja por alguna de las siguientes situaciones: violencia en el ámbito familiar (matrimonio forzado) o violencia en el ámbito social o comunitario (agresiones sexuales, tráfico de mujeres, mutilación genital femenina o riesgo de sufrir).
Bonificación o exención
100% de todos los precios, excepto los no sometidos a bonificaciones (ved condiciones generales)
Acreditación
Hace falta obtener un certificado acreditativo del Departamento de Igualdad y Feminismos de la Generalitat de Catalunya y presentarlo dentro del plazo establecido a la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR), la cual expedirá la acreditación que la solicitante tiene que presentar a la universidad.
Observaciones
Toda la información específica sobre la documentación a aportar y el plazo de presentación se puede consultar en la página Certificado de acreditación de situaciones de violencia machista fuera del ámbito de la pareja por la exención de precios universitarios

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