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Ampliación o anulación de matrícula de cursos de doctorado

Doctorado

Los estudiantes de los programas de doctorado propios e interuniversitarios coordinados por la UdG que empezaron los estudios a partir del curso 2017-2018 tienen que superar obligatoriamente 2 créditos de cursos formativos a lo largo de los estudios de doctorado. La matrícula de estos cursos se hace exclusivamente a través de la aplicación de automatrícula. Por causas justificadas y dentro de los plazos establecidos, se puede solicitar la ampliación o anulación de matrícula.

Características

Ámbito
Matrícula
Formato
Telemático

Solicitud

Quien

Pueden solicitarlo los estudiantes de programas de doctorado propios o interuniversitarios coordinados por la UdG que se hayan matriculado de unos o más cursos formativos de la Escuela de Doctorado. 

Donde

La solicitud se formaliza en línea, a través del apartado de Trámites de la Secretaría en Red de la UdG.

Cuando

Solo se tramitarán solicitudes de anulación o ampliación de matrícula (si hay plazas disponibles) para cursos que empiecen como mínimo al cabo de 7 días naturales del día siguiente de la fecha de solicitud. 

Como

Para formalizar la solicitud hace falta acceder al apartado de Trámites de la Secretaría en Red, iniciar el trámite genérico “Solicitud a la administración”, escoger la opción “Ampliación o anulación de matrícula de cursos de doctorado” y especificar el motivo y justificación de la solicitud, haciendo constar el curso o cursos objeto de ampliación o anulación de matrícula.

Precio

Gratuito. En caso de ampliación de matrícula habrá que abonar el importe de los créditos correspondientes.

Observaciones

La anulación de matrícula no comporta la devolución del coste económico. 

Resolución

Quien

El órgano competente para resolver las solicitudes es el/la director/a de la Escuela de Doctorado.

Como

Una vez completado el trámite, el estudiante recibe una notificación electrónica con un enlace a la resolución de la solicitud.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el rector de la Universidad, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la notificación, de conformidad con lo que dispone en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

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