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Normas de permanencia

Dos maneras de realizar la tesis doctoral según la dedicación (no hay modalidades)

Dedicación a tiempo completo

La duración de los estudios de doctorado es de un máximo de cuatro años, a tiempo completo, a contar desde la fecha de la primera matrícula hasta la fecha del depósito de la tesis doctoral.

Antes de la finalización de este plazo, si no se hubiera presentado la solicitud de depósito de la tesis, la comisión académica responsable del programa, con solicitud previa del doctorando o doctoranda, podrá autorizar la prórroga por un año más, en las condiciones que se hayan establecido en el programa de doctorado correspondiente.Una vez acabada esta prórroga, la fecha límite de depósito de la tesis doctoral será improrrogable.

Dedicación a tiempo parcial

La comisión académica del programa de doctorado puede autorizar la realización de los estudios de doctorado a tiempo parcial.En este caso la duración máxima será de siete años, a contar desde la fecha de la primera matrícula hasta la fecha del depósito de la tesis doctoral.

Antes de la finalización de este plazo, si no se hubiera presentado la solicitud de depósito de la tesis, la comisión académica responsable del programa, con solicitud previa del doctorando o doctoranda, podrá autorizar la prórroga por un año más, en las condiciones que se hayan establecido en el programa de doctorado correspondiente.Una vez acabada esta prórroga, la fecha límite de depósito de la tesis doctoral será improrrogable.

El estudiante que haya iniciado los estudios a tiempo completo podrá solicitar a la comisión académica del programa de doctorado, de manera justificada, el cambio de dedicación a tiempo parcial.La comisión académica tendrá que emitir un informe motivado de aceptación o denegación del cambio de dedicación. Se tiene que tener en cuenta que si se concede el cambio, se descuenta, de manera proporcional, el plazo que se ha estado elaborando la tesis doctoral a tiempo cumplido.

El cómputo del plazo de elaboración de la tesis doctoral quedará interrumpido por las situaciones de incapacidad temporal, nacimiento de hijos, adopción, guarda con finalidades de adopción, bienvenida, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia, violencia de género, y cualquier otra situación prevista a la normativa vigente.Además, el doctorando o doctoranda podrá solicitar periodos de baja temporal en el programa hasta un total de dos años.Esta solicitud tendrá que justificarse y tendrá que dirigirse a la comisión académica responsable del programa, que se tendrá que pronunciar sobre la procedencia de la solicitud.Cuando un doctorando o doctoranda tiene una baja concedida por la comisión académica de 5 o más meses dentro de un mismo curso académico, no hace falta que se matricule para aquel curso.Si se le concede la baja cuando ya está matriculado, tendrá que pedir la anulación de la matrícula, para los efectos antes mencionados.En estos casos, no tendrá que presentar el seguimiento de aquel curso para poder matricularse para el siguiente.

Los estudiantes que agoten la duración máxima de los estudios de doctorado según cada régimen de dedicación y, si aplica, de la prórroga correspondiente, serán dados de baja definitivamente del programa de doctorado en que se hayan matriculado y eso comportará la imposibilidad de continuar los estudios en este programa.No obstante, podrán solicitar el acceso y admisión en otro programa de doctorado de la UdG en el curso académico siguiente, presentando un nuevo proyecto de tesis con un nuevo tutor o tutora y nuevos directores.En caso de que quieran solicitar el acceso y admisión al mismo programa de doctorado, tendrá que haber pasado un curso académico completo y tendrán que presentar un nuevo proyecto de tesis con un nuevo tutor o tutora y nuevos directores.

Nota: estas normas son válidas para los estudiantes que hayan iniciado los estudios de doctorado a partir del curso 2023-2024.Para el resto de estudiantes son vigentes las normas de permanencia anteriores.

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