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Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI)

Afavorir l'enfortiment dels col·lectius empresarials que reuneixin les característiques, finalitats i requisits de les Agrupacions Empresarials Innovadores (AEI).

Estas ayudas se otorgan de conformidad con el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado

Tipo de ayuda: subvención y se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva.

Importe total a conceder: 20.000.000 € para la convocatoria AEI 2021 en el Marco del Plan de Recuperación.

Beneficiarios: Las asociaciones empresariales innovadoras que se encuentren inscritas en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, y para las actuaciones en colaboración, además de éstas, también los miembros de las mismas y deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Finalidad: Favorecer el fortalecimiento de los colectivos empresariales que reúnan las características, finalidades y requisitos de las Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI).

Tipos proyectos:

Línea 2. Estudios de viabilidad técnica.

Los estudios que se presenten a través de esta línea estarán enfocados a la definición de proyectos destinados a ser presentados a futuras convocatorias de los siguientes programas:

  • El programa de Apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras a través de la Línea 3 de “Proyectos de Tecnologías Digitales” definidos en el artículo 8 de la Orden ICT/1117/2021, de 9 de octubre.
  • El programa marco de investigación e innovación de la UE para el periodo 2021-2027, “Horizonte Europa”.

Línea 3. Proyectos de Tecnologías Digitales.

Los proyectos presentados en este epígrafe deberán incorporar conocimientos y/o tecnologías que promuevan la transformación digital de las empresas que los llevan a cabo en el marco de las siguientes categorías:

  • Actividades de investigación industrial.
  • Actividades de desarrollo experimental.
  • Innovación en materia de organización.
  • Innovación en materia de procesos.

El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Las actuaciones objeto de ayuda no podrán haber comenzado con anterioridad a la fecha de presentación de la correspondiente solicitud de ayuda.

Intensidades máximas de ayuda (s'ha de cofinançar)

  1. Actividades de investigación industrial

Subvención 50% de su base subvencionable.

Este porcentaje podrá aumentarse en los siguientes supuestos hasta alcanzar un máximo del 80 %:

  • En 10 puntos porcentuales en el caso de que el participante sea una mediana empresa.
  • En 20 puntos porcentuales en el caso de que el participante sea una pequeña empresa.
  • En 15 puntos porcentuales en el caso de que los resultados del proyecto se difundan ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.

2. Actividades de desarrollo experimental

Subvención 25% de su base subvencionable.

Este porcentaje podrá aumentarse en los siguientes supuestos hasta alcanzar un máximo del 60 % de los costes subvencionables:

  • En 10 puntos porcentuales en el caso de que el participante sea una mediana empresa.
  • En 20 puntos porcentuales en el caso de que el participante sea una pequeña empresa.
  • En 15 puntos en el caso de que los resultados del proyecto se difundan ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.

3. Actividades de innovación en materia de organización y actividades de innovación en materia de procesos.

Subvención 50% en el caso de las PYMES y  15 % grandes empresas, siempre y cuando las grandes empresas colaboren de manera efectiva con PYMES y si las PYMES corren con un mínimo del 30 % del total de los costes subvencionables.

Para esta Línea se podrán incentivar los siguientes supuestos en las respectivas convocatorias incrementando las cuantías máximas:

  • La participación de 3 o más PYMES, sin contar a la AEI solicitante.
  • La participación de 2 o más AEI, incluyendo a la AEI solicitante

Solicitudes

Hasta el 18 de noviembre de 2021 - Termni intern 15/11/2021

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