Una vez acabado el procedimiento de revisión de la tesis doctoral, el doctorando o doctoranda ha de depositarla en un plazo máximo de tres meses. Si se supera este plazo se dará el procedimiento por acabado y se informará el doctorando o doctoranda, el tutor o tutora y el director o directores. En este supuesto, si el doctorando o doctoranda quiere defender la tesis tendrá que iniciar de nuevo el proceso de revisión.
La solicitud de depósito de la tesis doctoral la hará el doctorando o doctoranda a través del trámite correspondiente que encontrará una vez se haya identificado a la web de la Universidad, entrando en su expediente. Habrá que adjuntar:
a) el fichero electrónico de la tesis en formato PDF
b) el fichero electrónico editable con un resumen divulgativo de la tesis en catalán y en inglés, de una página aproximadamente, con una imagen publicable representativa del tema tratado en la tesis doctoral
c) el fichero electrónico de la respuesta del doctorando o doctoranda a los informes de la comisión académica, si aplica, y de los expertos externos, que indique claramente las modificaciones introducidas a la tesis doctoral
d) los datos del doctorando o doctoranda, el resumen de la tesis y los códigos UNESCO necesarios para la publicación de la tesis, después de la lectura, en el repositorio de tesis doctorales en red (TDX), y la inclusión de la tesis en la base de datos TESEO.
e) Si se aspira a la mención internacional en el título de doctor, también haber que adjuntar la acreditación de la estancia de como mínimo tres meses en una misma institución de enseñanza superior o centro de investigación de un estado diferente de España, firmada por el responsable del centro o centros de acogida.
f) Si se quiere pedir la mención industrial, en el caso de no estar ya reconocida por haber obtenido una ayuda de doctorado industrial de la Generalitat de Catalunya o del Gobierno del Estado español, se tendrá que aportar la documentación acreditativa de las circunstancias descritas en los requisitos que marca el artículo 15bis del Real decreto 99/2011, de 28 de enero, por el cual se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado. A fin de que el proceso de depósito continúe, el director o directora de la tesis y el tutor o tutora (en caso de que todos los directores sean externos) tienen que dar el visto bueno.
Mediante la publicación del edicto en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la UdG, la Escuela de Doctorado abrirá un plazo de exposición pública de 3 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación. Durante este periodo la tesis podrá ser examinada a la Escuela de Doctorado para quien acredite la condición de doctor, y en el plazo de 2 días hábiles, a contar desde el día siguiente del último día de exposición pública, se podrán presentar las consideraciones que se estimen convenientes en la Escuela de Doctorado, que las hará llegar a la comisión académica correspondiente.
Una vez transcurrido el plazo de exposición pública, la comisión académica del programa de doctorado autorizará, si aplica, la defensa de la tesis doctoral, designará el tribunal, con especificación de un presidente o presidenta, uno o una vocal y un secretario o secretaria, y de dos suplentes.
Una vez autorizada la defensa y designado el tribunal para la comisión académica del programa de doctorado, la Escuela de Doctorado lo notificará, en un plazo de cinco días hábiles, al doctorando o doctoranda, al director o directores de la tesis, al tutor o tutora y a los miembros del tribunal. La Escuela de Doctorado hará llegar a todos los miembros del tribunal, conjuntamente con la notificación de nombramiento, el ejemplar electrónico de la tesis y el resto de documentación pertinente. Los miembros del tribunal tendrán que comunicar a la Escuela de Doctorado la existencia de posibles conflictos de intereses. La comisión académica del programa de doctorado lo evaluará y, si lo considera oportuno, propondrá un nuevo tribunal o sustituirá por alguno de los suplentes los miembros afectados.
A partir de la notificación de la autorización definitiva para defender la tesis y de la designación del tribunal, el presidente o presidenta tendrá que convocar el acto de defensa. En el mismo momento que haga esta convocatoria lo tendrá que comunicar a la Escuela de Doctorado. En todo caso, se tiene que hacer con una antelación mínima de 15 días hábiles a la fecha fijada para la defensa. La Escuela velará por el cumplimiento de este plazo. El presidente o presidenta también tendrá que comunicar si la tesis se defenderá de manera presencial o por videoconferencia. Si es por videoconferencia, el doctorando o doctoranda tendrá que presentar la solicitud pertinente y se aplicará el procedimiento establecido por la Escuela de Doctorado.
En el supuesto de que no se autorice la defensa de la tesis doctoral, en un plazo máximo de cinco días hábiles posteriores a la adopción del acuerdo la Escuela de Doctorado tiene que notificarlo, junto con un informe motivado, al doctorando o doctoranda, al director o directores y al tutor o tutora de la tesis.