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Premio a la innovación fundación Alberto Elzaburu

La Fundación Alberto Elzaburu pretende impulsar y reconocer el esfuerzo de los innovadores espa´ñoles que, a través de sus patentes e invenciones, contribuyen a la mejora de calidad de vida de las personas, al crecimiento económico, a la creación de empleo y al progreso de la sociedad.

Con este fin, la Fundación alberto Elzaburu convoca la quita edición de su Premio a la Innovación, con arreglo a las siguientes bases:

1. La Fundación Alberto Elzaburu convoca el Premio a la Innopvación con el fin de reconocer el talento de aquellos innovadores que hayan confiado en el sistema de patentes y hayan sabido explotar comercialmente sus invencionaes, o hayan hecho preparativos serios y efectivos para hacerlo.,

2.El jurado estará integrado por las siguientes personas:

Vocales:

- Doña Patricia García Escudero, Directora General de la Oficina Española de Patentes y Marcas.

- Doña Celia Sánchez-Ramos, científica e investigadora del Gran Premio Internacional de Invenciones de Ginebra 2013.

- Don José Luis López, ingeniero, ganador del Premio al Inventor del Año 2013, conovocado por la Oficina Europea de Patentes.

- Don Enrique Armijo, Agente Europeo de Patentes.

- Don Iván Arregui Padilla, Ingeniero de Telecomunicacions, anador del Premio a la Innovación de la Fundación Alberto Elzaburu en el Año 2017-.

Presidente:

- Don Manuel Desantes, ex vicepresidente de la Oficina Europea de Patentes (2001-2008).

3. El premio consisitrá en cinco mil euros y en una placa conmemortaiva. Del importe del premio entregado se detraerá, si procede, la retención que corresponda conforme a la legislación fiscal vigente. La Fundación Alberto Elzaburu divulgar-a la concesión del premio a través de los cauces de los que dispone y de sus entidades colaboradoras y convocará un acto público de entrega. La persona o el equipo que obtenga el Premio se compromete a asistir al acto conmemorativo que la Fundación convoque al efecto y a colaborar en todas las actividades de promoción del Premio. 

4. Podrán optar al Premio las personas físicas de nacionalidad española, menores de cuarenta años en el momento de finalizar el plazo de la convocatoria y cuyos proyectos de I+D+i reúnan las siguientes condiciones:

        4.1- Una investigación realizada en España en cualquier campo de la ciencia y la tecnología coronada con la obtención de al menos una patente de invención, tras IET positivo o examen sustantivo de patentabilidad, donde figure el candidato a título de inventor y cuyo primer depóisto haya sifo una solicitud presentada ante la Oficina Española de Patentes y Marcas.

        4.2- LA invención deberá estar siendo explotada comercialmente a través de una empresa relacionada con el inventor o, por lo menos, debe existir un proyecto de explotación que refleje prepartivos  serios y efectivos a tal efecto.

        4.3- El Jurado tomará en consideración además el impacto del proyecto en términos de la mejora de la calidad de vida de las personas, el crecimiento económico, la gneración de empleo y la contribución al progreso de la sociedad, así como el reconocimiento que la invención /o el proyecto emprearial haya podido recibir por cualquier medio. 

5. La presentación de candidaturas se ajustará a los siguientes requisitos formales.

       5.1- Los candidatos deberán aportar la documentación o dossier que acredite el cumplimiento de los requisitos, incluyendo la completa indentificación de la patente. 

       5.2- Adicionalmente, los candidatos deberán entregar a la Fundación Alberto Elzaburu como mínimo los siguientes datos de contacto: nombre completo, copia del DNI, teléfono fijo y/o móvil y correo electrónico.

6. Tras las deliberaciones y fallo del jurdo, la Fundación comunicará la resolución personalmente al ganador o al equipo ganador y la publicará en su página web.

7.El Premio será único eindivisible, pudinedo quedar desierto en caso de que el jurado considere que ninguna candidatura reúne los méritos necesarios. En cualquier caso, la decisión dle jurado será inapelable. 

8. La presentación de candidaturas y la concesión del premio se regirá por los plazos siguientes.

     8.1- Los candidatos podrán enviar sus candidaturas al correo-e de la Fundación: fae@fundaciónalbertoelzaburu.es entre el 1 de mayo de 2018 y el 29 de junio de 2018. Sólo se aceptarán las candidaturas que se reciban dentro del plazo establecido.

     8.2- El Jurado emitirá el fallo resolutorio a partir del 1 de octubre de 2018.

     8.3- La entrega del Premio tendrá lugar durante el mes de octubre o noviembre de 2018. El lugar y la fecha concreta se darán a conocer jutno con la publicaicón del fallo a través de la página web de la Fundación. 

9. La Fundación Alberto Elzaburu podrá publicar una vesión reducida de estas bases para dacilitar su divulgación. Dicha publicación sólo tendrá efectos informativos.

10. La participación en esta convocatoria supone la aceptación expresa de todas sus bases.

11. La Fundamentación Alberto Elzaburu garantiza la confidencialidad de toda la documentación enviada. Igualmente, de conformidad con lo establecido en la LO 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de Datos de cáracter personal, mediante el envío de la solicitud el candidato autoriza a que todos los datos de carácter personal sean incorporados a un fichero de responsabilidad de la FUNDACIÓN ALBERTO ELZABURU que serán tratados con la finalidad de poder desarrollar, gestionar y/op actividades que realice la FUNDACIÓN ALBERTO ELZABURU. Asimismo, el candidato declara haber sido informado sobre la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposicón sobre sus dtos, a través del envío de un escrito junto con una copia del DNI bien a través de correo electrónico a fae@fundacionalbertoelzaburu.es, indicado en la línea de Asunto, el derecho que a ejercitar o bien mediante correo ordinario remitido a Fundación Alberto Elzaburu, C/ Miguel Angel 21 (28070) Madrid. 

12. La Fundación Alberto Elzaburu se reserva el derecho de modificar las presentes bases siempre que hubiera causa justificada para ello. Tales modificaciones serían publicadas en la página web www.fundaciónalbertoelzaburu.es.

13. Las presentes bases se rigen por la legislación española. Los participantes y la Fundación Alberto Elzburu se someten a los Juzgados y los Tribunales de Madrid capital para cualquier disputa que pueda surgir. 

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