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Universitat de Girona

Plaza Sant Domènec, 3
Edificio Les Àligues enllaç al mapa de situació
17071 Girona
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El Claustro Universitario es el máximo órgano de gobierno representativo de la comunidad universitaria. En el artículo 58 de los Estatutos de la Universidad de Girona se fijan las siguientes competencias:

a) Elaborar y modificar los Estatutos de la Universidad.

b) Convocar con carácter extraordinario elecciones a rector, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo siguiente.

c) Aprobar el informe anual del rector o rectora, que tendrá que incluir un resumen de la actividad docente y de investigación y las líneas generales del presupuesto, de la programación plurienal y de la memoria económica.

d) Aprobar las líneas generales de actuación de la Universidad, especialmente en los ámbitos de la enseñanza, la investigación y la administración.

e) Supervisar la gestión de los cargos y órganos de gobierno de la Universidad.

f) Crear las comisiones que considere oportunas y elegir a sus miembros.

g) Elaborar su propio reglamento.

h) Debatir aquellos asuntos que afecten a la comunidad universitaria y pronunciarse sobre ellos. A este efecto, podrá solicitar los informes que considere oportunos a los órganos académicos o institucionales de la Universidad.

i) Todas las demás que le atribuyan estos Estatutos.